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Ceuta

Igualdad instará a las CCAA a agilizar la tramitación de ayudas a víctimas de violencias sexuales

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El Ministerio de Igualdad pretende agilizar la tramitación y asegurar que las víctimas de violencias sexuales reciban el apoyo económico necesario de manera rápida y eficiente, contribuyendo a su recuperación y autonomía.

La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha enviado una carta a las consejeras y consejeros autonómicos responsables de las políticas de Igualdad, solicitándoles que regulen el procedimiento para hacer efectivas las ayudas económicas a las víctimas de violencias sexuales «lo antes posible».

Manifestación por el 25N en Ceuta/Antonio Sempere

Estas ayudas económicas están recogidas en la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual (LOGILS) y reguladas por el Real Decreto aprobado recientemente en el Consejo de Ministros y publicado en el BOE el pasado 10 de julio. La regulación del procedimiento de concesión de estas ayudas y su ejecución es competencia de las comunidades autónomas, Ceuta y Melilla.

Para recibir las ayudas, se deben cumplir dos requisitos: acreditar la condición de víctima de violencia sexual y demostrar insuficiencia de medios económicos. El objetivo es garantizar la autonomía económica de las víctimas y facilitar su recuperación integral.

Creación de un grupo de trabajo

En relación con el sistema de acreditación de violencia sexual, la ministra Redondo también ha expresado la intención de crear un grupo de trabajo que elabore y diseñe una propuesta de acuerdo, incluyendo los medios acreditativos, que se someterá a aprobación en la Conferencia Sectorial de Igualdad.

El Real Decreto establece que la condición de víctima de violencia sexual se podrá acreditar no solo a través de vías judiciales, sino también mediante una sentencia condenatoria, una orden de protección, cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar, un informe del Ministerio Fiscal, un informe de los servicios sociales, servicios especializados en igualdad y contra la violencia de género, servicios de acogida de la administración pública competente, o informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En el caso de víctimas de trata, bastará con una acreditación de los servicios públicos encargados de su atención integral. Para menores de edad, será posible acreditar la situación con documentos sanitarios oficiales comunicados a la Fiscalía o al órgano judicial.

Situación de vulnerabilidad

El umbral de renta para poder beneficiarse de las ayudas dependerá de la situación de la víctima. Será de un mínimo equivalente a seis mensualidades del subsidio por desempleo, y se podrá aumentar dependiendo de las responsabilidades familiares de la víctima o si está en situación de discapacidad. La ayuda se abonará en un pago único o en seis mensualidades.

Las víctimas contarán con un periodo de cinco años para solicitar la ayuda, y podrán hacerlo en varias ocasiones a lo largo de su vida si vuelven a ser víctimas de violencia sexual. El coste de las ayudas será asumido por el Estado, que reembolsará a las comunidades autónomas, responsables de la tramitación y el abono de las mismas a las víctimas.

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