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El Juzgado de lo Social de Ceuta reconoce el tiempo en clases pasivas para el Subsidio de Mayores de 52 años

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El Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha dictaminado que el tiempo trabajado en el Régimen de Clases Pasivas debe computarse para acceder al subsidio por desempleo para mayores de 52 años. Esta sentencia, resultado de una demanda interpuesta por un trabajador representado por Comisiones Obreras (CCOO), marca un precedente importante para aquellos en situaciones similares

El Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha emitido una sentencia que confirma que el tiempo trabajado bajo el Régimen de Clases Pasivas cuenta para el subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Este fallo se produjo tras la demanda de un trabajador que, representado por Comisiones Obreras (CCOO), solicitó dicho subsidio. Para ser beneficiario del mismo, se requiere acreditar un mínimo de 15 años de cotización al Régimen General de la Seguridad Social.

El trabajador en cuestión había visto su solicitud desestimada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que argumentó que no se había acreditado la carencia genérica, contabilizando solo 10 años, 9 meses y 24 días de cotización. Sin embargo, el demandante había prestado servicios en la Policía Nacional durante 4 años, 10 meses y 4 días y había cumplido el servicio militar obligatorio durante 1 año y 3 meses, tiempo que debía estar integrado en el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Con estos periodos, el trabajador superaba los 15 años de cotización requeridos.

El Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta, presidido por la Magistrada-Juez, confirmó que el tiempo trabajado en Clases Pasivas debe tenerse en cuenta no solo para la jubilación, sino también para el subsidio por desempleo para mayores de 52 años. De esta manera, la jueza estimó la demanda, reconociendo el derecho del trabajador a percibir el subsidio solicitado. Esta resolución es firme y no admite recurso.

Desde Comisiones Obreras (CCOO) han expresado su satisfacción con la sentencia, afirmando que «esta decisión judicial aclara que los periodos cotizados en Clases Pasivas deben computarse para el reconocimiento del subsidio de mayores de 52 años». El sindicato anima a todas las personas que se encuentren en una situación similar a acudir a sus oficinas para presentar una demanda en este sentido.

Esta sentencia sienta un importante precedente y supone un paso adelante en la defensa de los derechos de los trabajadores que han cotizado en diferentes regímenes, garantizando que se les reconozca el tiempo trabajado para acceder a prestaciones cruciales como el subsidio por desempleo.

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