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La Audiencia Nacional condena a Decathlon España por la vulneración de derechos sindicales

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La Audiencia Nacional ha sentenciado a Decathlon España por «evidente mala fe» en su trato hacia los delegados sindicales de CCOO, ordenando el cese inmediato de prácticas antisindicales y el pago de indemnizaciones y multas por un total de 33.000 euros

La Audiencia Nacional, mediante su sentencia 72/2024, ha emitido un fallo contundente contra Decathlon España, señalando «evidente mala fe» en la conducta de la empresa respecto a los derechos de sus delegados sindicales. La sentencia surge a raíz de una demanda de tutela de derechos fundamentales interpuesta por CCOO Servicios, la cual fue estimada por el tribunal, declarando varias infracciones por parte de la empresa.

El tribunal ha determinado que la negativa de Decathlon España a autorizar el uso de medios telemáticos por parte de la Sección Sindical de CCOO para comunicarse con los trabajadores y la falta de tablones en los centros de trabajo constituye una violación del derecho a la libertad sindical. Además, se declaró que la empresa incumplió sus obligaciones al no proporcionar información a los delegados LOLS y al negarles el crédito horario sindical, todas acciones que vulneran el derecho a la libertad sindical.

En consecuencia, la Audiencia Nacional ha ordenado el cese inmediato de estas conductas antisindicales, declarando su nulidad radical. Además, condenó a Decathlon España a abonar al sindicato demandante una indemnización de 30.000 euros en concepto de daños y perjuicios, y una multa adicional de 3.000 euros por temeridad en su contestación a la demanda.

El tribunal criticó duramente la defensa de Decathlon España, describiendo su respuesta como «extensa, reiterativa y carente de toda lógica», señalando que la empresa se enfocó en aspectos intrascendentes que minaron la paciencia del tribunal. A pesar de escuchar todos los argumentos para evitar incurrir en indefensión de la demandada, el tribunal consideró justificada la imposición de una multa por temeridad.

Desde CCOO de Ceuta, la sentencia ha sido valorada muy positivamente. Un portavoz del sindicato expresó que esta decisión judicial podría marcar un punto de inflexión en las relaciones laborales con Decathlon España, que hasta ahora se habían caracterizado por una negativa sistemática a reconocer los derechos sindicales otorgados por la Constitución. «Esperamos que esta sentencia sirva también de advertencia para otras empresas que vulneran la libertad sindical», añadió.

La sentencia, que aún puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, refuerza el compromiso de CCOO en la defensa de los derechos de los trabajadores y en la lucha contra las prácticas empresariales que atentan contra la libertad sindical.

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